El procedimiento monitorio es una vía judicial ágil y económica para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles sin necesidad de un proceso ordinario complejo.
El procedimiento monitorio está regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Permite al acreedor reclamar cantidades de forma rápida mediante un simple escrito, presentando documentos que acrediten la deuda (facturas, albaranes, correos, reconocimientos de deuda).
Como procurador especializado en proceso monitorio, el despacho de Carme Calvet Gimeno gestiona desde la presentación de la demanda monitoria hasta la consecución de resultados efectivos.